El STJ le dio la razón a Cesar Collado
El exfiscal interpretó que el fallo del máximo tribunal provincial avala su investigación, cuestiona la actuación del juez Rodolfo Lineras y deja sin efecto la medida que le impedía continuar con la causa.
César Collado aseguró que la Sentencia N° 109/26 de la Sala II del Superior Tribunal de Justicia del Chaco respalda su actuación en la causa vinculada al hábeas corpus presentado por los abogados Oscar Olivieri y Roberto Pugacz y revoca parcialmente la resolución dictada por la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña, a cargo del juez Rodolfo Lineras.
Según expresó el fiscal, el máximo tribunal provincial concluyó que «no hubo delito» de su parte al investigar la causa y ordenó dejar sin efecto la restricción que le impedía avanzar en la investigación, medida que Collado calificó como un «bozal legal».
Asimismo, señaló que el Superior Tribunal sostuvo que no se verificaban los requisitos para la procedencia del hábeas corpus, ya que «nunca estuvo en peligro la libertad ambulatoria» de los accionantes y que éstos contaban con otras herramientas procesales para ejercer su defensa, como presentarse en la Fiscalía, solicitar un abogado defensor o solicitar el expediente.
Collado también interpretó que el fallo cuestiona la intervención del juez Lineras en una investigación que estaba bajo la órbita del Ministerio Público Fiscal y afirmó que el tribunal entendió que el magistrado invadió facultades propias de la Fiscalía, en referencia al artículo 1 de la Ley 913-B.
En ese contexto, el fiscal fue más allá del contenido de la sentencia y sostuvo que la resolución «demuestra la connivencia de abogados que, al ser investigados, recurren al juez del «club de amigos»». Además, aseguró que, a su criterio, «la actuación de Lineras configura presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato y posible encubrimiento, aspectos que forman parte de otros procesos institucionales y judiciales».
Collado recordó además que tanto él como el juez Rodolfo Lineras fueron suspendidos preventivamente por decisión del Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento mientras avanzan los respectivos procedimientos disciplinarios.




