ARCA habilitó la devolución del 30% por consumos en dólares realizados durante 2025
El reintegro puede gestionarse de forma mensual, según el período en el que se haya efectuado el consumo. En la nota te dejamos los detalles.
Desde el primero de enero de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite para que miles de contribuyentes puedan solicitar la devolución de las percepciones del 30% aplicadas durante 2025 sobre determinados consumos en moneda extranjera.
La medida alcanza a percepciones efectuadas por la compra de dólares, gastos con tarjetas de crédito y débito en el exterior, pagos a proveedores del exterior y suscripciones digitales —como plataformas de streaming— abonadas en pesos, que fueron retenidas a cuenta del Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales.
El reintegro puede gestionarse de forma mensual, según el período en el que se haya efectuado el consumo (por ejemplo, 202501 para enero de 2025, 202502 para febrero), y su procedencia depende de la situación fiscal de cada contribuyente.
Quiénes pueden pedir la devolución
La forma de recuperar las percepciones varía según el perfil del contribuyente:
- Personas no alcanzadas por Ganancias ni Bienes Personales
Quienes no tributan estos impuestos pueden iniciar el trámite directamente desde el portal de ARCA con Clave Fiscal. El sistema muestra automáticamente las percepciones informadas por los agentes de retención y permite cargar manualmente aquellas que no figuren, siempre que se cuente con comprobantes respaldatorios.
- Asalariados y jubilados con retenciones de Ganancias
Los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que durante 2025 hayan tenido descuentos por el Impuesto a las Ganancias deben solicitar la devolución a través del formulario Siradig – Trabajador, incorporando las percepciones dentro del apartado «Pagos a cuenta». El reintegro se efectúa en la liquidación anual del impuesto.
- Contribuyentes inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales
En estos casos, las percepciones no se reclaman mediante un trámite específico, sino que se computan como pagos a cuenta en las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025, reduciendo el saldo a pagar o generando un crédito fiscal.
Trámites: cómo solicitar el reintegro paso a paso
El trámite es 100% digital y se realiza ingresando a www.arca.gob.ar con CUIT y Clave Fiscal. Una vez dentro, el contribuyente debe acceder al servicio «Devolución de Percepciones», seleccionar el período a reclamar y enviar la solicitud.
Para que el reintegro pueda acreditarse, es indispensable tener informada y validada la CBU o CVU en el sistema, ya que la devolución se realiza mediante depósito bancario. También se recomienda verificar el Domicilio Fiscal Electrónico, donde ARCA envía las notificaciones vinculadas al estado del trámite.
Si bien el organismo no estableció un plazo único para la acreditación, los montos devueltos generan intereses desde la fecha de la solicitud hasta el momento del pago, a una tasa aproximada del 0,5% mensual.
Especialistas tributarios aconsejan presentar primero las solicitudes correspondientes a los primeros 11 meses de 2025 y aguardar a que los agentes de retención completen las declaraciones juradas de diciembre antes de efectuar ese último pedido, con el objetivo de evitar demoras o inconsistencias en el proceso.




