El Gobierno bajó la edad mínima para portar armas a 18 años

El decreto que lleva la firma del presidente Javier Milei eliminó el artículo 55 de la Ley de Armas y Explosivos, que establecía la edad de 21 para la tenencia.

  El presidente Javier Milei firmó un decreto que modifica el artículo 55 de la Ley Nacional de Armas y Explosivos (n° 20.429), eliminando el requisito de tener 21 años para la tenencia y portación de armas de uso civil. A partir de ahora, los ciudadanos podrán portar armas al alcanzar los 18 años, según lo anunciado en el Boletín Oficial. 

   El decreto 1081/2024, publicado en el apartado de Legislación y Avisos Oficiales del Poder Ejecutivo, argumenta que la medida busca “armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los DIECIOCHO (18) años”. El texto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos, y la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich. El artículo 1° del decreto establece: “Sustitúyese el inciso 1) del artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 […] el que quedará redactado de la siguiente manera: Ser mayor de DIECIOCHO (18) años”.

   Además de la edad, se mantienen requisitos como no presentar “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al solicitante”, acreditar datos personales ante la policía y carecer de antecedentes policiales o penales.

  La reforma es parte de una serie de medidas impulsadas desde mayo pasado, cuando el Gobierno anunció un proyecto de ley para simplificar los trámites de tenencia y portación de armas, buscando regularizar las más de 800.000 armas en situación irregular en el país. Entre las propuestas también se incluyó la reactivación del **Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego**, que estuvo vigente hasta finales de 2023. Este programa permite a los ciudadanos entregar armas de forma anónima para su destrucción, sin consecuencias legales, y facilita la regularización de armas no declaradas para su tenencia legal bajo la figura de “legítimo usuario”.

   Según fuentes oficiales, estas modificaciones buscan “promover un registro de armas transparente, moderno y completo”, además de continuar el combate contra la delincuencia que utiliza armas ilegales. También se prevé que estas políticas contribuyan a prevenir hechos de violencia y reducir la circulación de armas en la sociedad.

Trámites y requisitos

   Para utilizar un arma de fuego, se debe contar con la Credencial de Legítimo Usuario (CLU). El trámite, que cuesta 5.000 pesos, se inicia con una solicitud electrónica a través de la página miAnmac. Es necesario cumplir con ciertos requisitos:

• Acreditar identidad, domicilio real y, a partir del decreto, ser mayor de 18 años.

• Aprobar un examen psicofísico a través del Sistema Abierto y Federal de Emisión de Certificados Psicofísicos (SiAF).

• Declarar el domicilio de guarda de las armas.

• Certificar la inexistencia de antecedentes penales. La certificación no debe superar los 60 días corridos desde su emisión.

• Acreditar idoneidad para el manejo de armas a través de un examen. Esto incluye la certificación de un instructor de tiro habilitado y de la entidad de tiro en donde se realizó la prueba.

• Presentar una fotocopia certificada de recibo de haberes o una certificación de servicios con firma de una entidad bancaria, en el caso de empleados en relación de dependencia.

• Presentar una copia del aporte como monotributista o de la presentación ante la AFIP de la declaración del Impuesto a las Ganancias, ingresos brutos o valor agregado, entre otros, para trabajadores autónomos o independientes. Los jubilados y pensionados pueden mostrar un recibo original de haberes o su fotocopia certificada.

   Para obtener la credencial de Legítimo Usuario, que permite la **tenencia** de armas (pero no la portación), es necesario completar una solicitud electrónica en MiAnmac, presentar la documentación requerida en un centro de atención de la ANMAC y registrar el arma. El trámite cuesta 10.000 pesos e incluye el transporte del arma descargada y separada de las municiones, con fines lícitos.

   La portación de armas, que autoriza llevarlas cargadas y listas para su uso en espacios públicos, requiere una solicitud escrita que justifique las “razones de seguridad y defensa” con pruebas, además de aprobar un examen de idoneidad en el manejo de armas. Los costos son de 30.000 pesos para portación simple y 60.000 para múltiple.

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