Cannabis medicinal: el Gobierno realizó cambios y puso más requisitos
El Ministerio de Salud de la Nación implementó este martes una serie de cambios en el Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann), que buscan “reforzar la transparencia y fortalecer los controles.”
Según lo informado a través de la publicación en el Boletín Oficial, estas modificaciones tienen como objetivo principal alinear el programa con los principios originales de la Ley 27.350, que promueve la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y paliativo del cannabis.
Las novedades afectan particularmente a las ONG’s y a los cultivadores solidarios. A partir de ahora, aquellos que realicen cultivos solidarios podrán registrar hasta un máximo de dos personas. Las organizaciones civiles, por su parte, deberán cumplir con nuevas exigencias para poder llevar adelante cultivos de cannabis con fines medicinales. Esto incluye estar registradas y habilitadas ante el organismo correspondiente de su jurisdicción y comunicar al municipio el propósito de la asociación, que debe tener un enfoque sanitario y estar vinculada a la investigación del uso medicinal de la planta y tratamientos no convencionales. Además, los miembros de las comisiones directivas de estas ONG’s deberán carecer de antecedentes penales para poder participar.
Otro cambio significativo es que quienes deseen inscribirse en el Reprocann deberán presentar una indicación médica para el uso de cannabis, emitida por un profesional registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS). Este profesional, además, deberá contar con formación específica a través de una diplomatura o maestría en el uso medicinal del cannabis.
REQUISITOS
- Estar inscriptas como persona jurídica en el organismo correspondiente según su jurisdicción.
- Incluir en su objeto social los objetivos del Programa Nacional para el Estudio e Investigación del Uso Medicinal del Cannabis y tratamientos no convencionales, según la Ley 27.350 y su decreto reglamentario.
- Presentar la lista de usuarios para quienes se registren como asociación civil o fundación cultivadora, con identificación precisa de cada persona registrada en el REPROCANN.
- Incluir declaraciones juradas firmadas por cada usuario autorizado por el REPROCANN para el cultivo a través de la asociación o fundación.
- Adjuntar el registro de “cultivador solidario” de cada persona interesada en inscribirse en el REPROCANN.
- Asegurar que los miembros de la comisión directiva o del consejo de administración no tengan antecedentes penales relacionados con delitos por uso indebido de estupefacientes o cannabis medicinal.