El juez rechazó el pedido de la defensa de Fernández para estar presente en la audiencia

El juez federal Julián Ercolini rechazó el pedido de Alberto Fernández de presenciar la declaración testimonial de Fabiola Yáñez quien lo denunció por violencia de género.

La audiencia de Fabiola Yáñez comenzó hace unos minutos, donde declara los hechos de violencia de género que sufrió durante los últimos años por parte de su entonces pareja Alberto Fernández. La defensa del ex Presidente de la Nación, pidió estar presente en la declaración, pero el juez Julian Ercolini rechazó el pedido.

La ex primera dama Fabiola Yáñez declara en la causa de violencia de género contra su ex pareja y ex presidente de la Nación Alberto Fernández. La videoconferencia se realiza desde Madrid, España, donde reside actualmente y ante el fiscal federal de Comodoro Py Ramiro González, a cargo de la causa judicial.

La ex Primera Dama ingresó al consulado argentino a las 10.11 de la mañana (las 15.11 en Madrid), en el asiento de atrás del vehículo que la trasladaba, vestía un traje blanco y llevaba anteojos de sol, según señalaron a Infobae.

Su arribo se produjo instantes después de que el juez Julián Ercolini decidiera rechazar el pedido de la defensa para estar presente en la testimonial. La querella de Fabiola, a cargo de la abogada Mariana Gallego, se opuso férreamente y el magistrado resolvió en ese sentido.

Fabiola Yañez, que será interrogada por los fiscales sobre cada uno de los puntos detallados en su escrito de veinte carillas. En referencia a ese aspecto hizo una extensa enumeración en la que habló de maltratos, hostigamiento, desprecio, agresiones, golpes, que “resultaban ser una constante”. Todas esas conductas por parte de Alberto Fernández, eran una “habitualidad”, lo que habrían producido “indudables secuelas de carácter psicológico”.

Donde hablo de hechos de violencia “graves y no leves. Detalló que las lesiones sufridas habrían dejado secuelas de daños psicológicos que le impidieron ejercer sus funciones y su vida normal por más de 30 días. Esa temporalidad es lo que distingue un delito del otro. Cuando el daño es menor en el cuerpo o en la salud, el Código Penal establece que deben entenderse como leves.

Con más detalles del padecimiento sufrido, la ex primera dama señaló que todo ese contexto la condujo a por extensos períodos, a recibir tratamientos psicológicos, también psiquiátricos que incluyó la prescripción de medicamentos.

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