Las nuevas escalas del monotributo que se aplicarán a partir de febrero ya están disponibles en la página oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a la cual se accede por medio de sitio web de la antigua AFIP. La variación de los parámetros que sirven de referencia el encuadre provocó que, en algunos casos, sea necesario hacer una recategorización. Hoy, 5 de febrero, vence el plazo para el trámite.
Es importante recordarle a los inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que a la hora de calcular los ingresos anuales estimados y ubicarse dentro de uno de los escalones de este tributo deben tener presente que también se modificaron los montos aplicables de alquiler -en el caso de que cuenten con un establecimiento- y consumo de electricidad.
Este miércoles, vence el plazo para la realización del trámite de recategorización. Vencido este término, se activa la facultad del Estado de reubicar al contribuyente de oficio por medio de la intervención del ARCA.
Para este fin se contemplarán los montos facturados que surjan de la información obrante en los registros del organismo y en función de los controles que se lleven a cabo. La notificación de la reubicación realizada por el organismo recaudador, se hará al domicilio fiscal electrónico denunciado oportunamente por el monotributista.
Además de los nuevos montos, el organismo estrena una nueva plataforma que permite a los usuarios hacer su reubicarse dentro de las categorías de manera más ágil. Esta opción está disponible tanto en el sitio web como en la aplicación para el celular.
CÓMO SE REALIZA EL TRÁMITE
«Una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editar manualmente», explica el portal del ARCA.
La implementación de esta herramienta le permitirá al contribuyente ver instantáneamente el ingreso que tuvo en el último período según los registros de la entidad y decidir entre modificar la suma o continuar el trámite con ese nivel de ingresos. La recategorización puede ser hacia una categoría más alta, pero también hacia una más baja.
Si el usuario decide modificar el monto esperado para 2025, debe hacerlo en forma manual. El sistema le mostrará automáticamente cuál es su nueva categoría dentro del esquema y de esa manera quedará finalizado el trámite.
«La recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo», se aclara desde la página del organismo recaudador.
MONTOS Y ESCALAS
La inflación del 2,7% determinó el monto de actualización de las escalas del monotributo se aplicarán a partir de febrero. El aumento del 21,13% hizo que la escala quedara de la siguiente manera:
La categoría «A» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $7.813.063,45 brutos anuales. La cuota total del impuesto pasará de los $26.600 a los $32.221,31 para cosas muebles y servicios.
La categoría «B» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $11.447.046,44 brutos anuales. La cuota total del impuesto será de $36.679,00.
La categoría «C» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $16.050.091,57 brutos anuales. La cuota total del impuesto será de $42.951,25 para servicios y $41.982,19 para bienes.
La categoría «D» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $19.926.340,10 brutos anuales. La cuota total del impuesto será de $55.047,33 para servicios y $53.714,87 para bienes.
La categoría «E» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $23.439.190,34. La cuota total del impuesto será de $77.946,73 para servicios y $ 70.436,50 para bienes muebles.
La categoría «F» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $29.374.695,90. La cuota total del impuesto será de $98.096,95 para servicios $ 84.530,08 para cosas bienes.
La categoría «G» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $35.128.502,31. La cuota total del impuesto será de $149.836,62 si el contribuyente se dedica a la venta de servicios, y $103.321,64 para bienes.
La categoría «H» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $53.298.417,30. La cuota total del impuesto será de $340.061,68 para servicios y $206.815,63 para bienes.
La categoría «I» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $59.657.887,55. La cuota total del impuesto será de $ 626.993,55 para servicios y $ 309.020,04 para bienes muebles.
La categoría «J» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $68.318.880,36. La cuota total del impuesto será de $759.420 para servicios y $377.851,82 para bienes.
La categoría «K» incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $82.370.281,28. La cuota total del impuesto será de $1.050.323,75 en el caso de la provisión de servicios y $456.773,20 en el de cosas muebles.