La iniciativa impulsada por el diputado provincial Edgardo “Tati” Reguera se convirtió en la Ley 4261-N. El texto presentado por el legislador fue aprobado por la Cámara de Diputados y posteriormente promulgado por el Poder Ejecutivo sin modificaciones ni observaciones. El gobernador Leandro Zdero había expresado públicamente su respaldo al proyecto.
La Ley de Reiterancia ya es una realidad en la provincia del Chaco. El texto de la iniciativa impulsada por el diputado provincial Edgardo Reguera fue aprobada por la Cámara de Diputados y posteriormente promulgada por el Poder Ejecutivo, convirtiéndose en la Ley 4261-N.
El proyecto presentado por Reguera incorporó al Código Procesal Penal chaqueño una regulación específica de la reiterancia delictiva, estableciendo parámetros objetivos para que fiscales y jueces puedan valorarla al momento de analizar medidas de coerción y prisión preventiva.
La norma establece que existe reiterancia cuando una persona registra más de un proceso penal en trámite y ha sido formalmente imputada por hechos reprimidos con pena privativa de libertad. A su vez, determina que esta circunstancia debe ser valorada junto con los restantes elementos de cada caso.
La sanción de la ley representa el resultado de un debate legislativo que no estuvo exento de cuestionamientos y posiciones encontradas. (Pese a las críticas, las discusiones y las voces que durante el tratamiento intentaron relativizar la necesidad de esta herramienta, el proyecto finalmente avanzó y hoy es ley.)
La aprobación de la norma representa también el cumplimiento de uno de los compromisos legislativos planteados por Reguera al asumir como diputado provincial: trabajar para dotar al Chaco de mayores herramientas en materia de seguridad, justicia y orden.
Reguera había planteado que la reiterancia debía convertirse en una herramienta concreta para la Justicia y no quedar simplemente como una referencia genérica dentro del Código Procesal Penal. El texto aprobado establece parámetros claros y reconoce expresamente la reiterancia como una circunstancia objetiva que debe ser considerada al momento de evaluar las medidas de coerción.
El gobernador Leandro Zdero había manifestado públicamente en la apertura de sesiones ordinarias interes en impulsar la ley de Reiterancia, en línea con el reclamo de contar con herramientas concretas frente a la reiteración de hechos delictivos y la preocupación de víctimas y vecinos de bien.
Con la promulgación de la Ley 4261-N, El diputado Reguera terminó siendo uno de los impulsores centrales de una reforma que buscó transformar una demanda concreta de la sociedad en una herramienta jurídica efectiva para el sistema penal chaqueño.
