Los legisladores presentaron un proyecto de ley que ingresó a la Cámara, solicitando una sesión especial para que el ministro de Seguridad brinde detalles de la iniciativa.
Con la firma de 13 diputados del Chaco, ingresó este lunes a la Legislatura, el proyecto de Resolución N°1846/2025, con el fin de citar a una sesión especial de interpelación al ministro de Seguridad, Hugo Matkovich, para que responda sobre el “Ejercicio Militar Libertador 2025”. Piden que dicha sesión se lleve a cabo en la primera semana de septiembre.
La iniciativa surge a raíz de la preocupación de legisladores y comunidades originarias ante un operativo de gran escala decidido y organizado, sin la debida información pública.
El operativo, que movilizará soldados y armamento, afectará una vasta área de 250 por 300 kilómetros, durante 35 días, según la información difundida en redes sociales y portales periodísticos desde el 15 de agosto.
Este despliegue ha generado una “profunda y legítima preocupación” en organizaciones y representantes del Pueblo Wichí de El Impenetrable, quienes han solicitado una audiencia urgente con el ministro, ante la falta de claridad y acceso a la información.
El proyecto de resolución de la Cámara destaca que la memoria histórica de los Pueblos Originarios, marcada por tragedias significativas como la Conquista del Chaco (1881-1884) comandada por el General Benjamín Victorica, la Masacre de Napalpí (1924), la Masacre de El Zapallar (1933), la Matanza de Rincón Bomba (1947), provoca una constante sensación de inseguridad y racismo.
Por ello, se enfatiza la necesidad que el Estado demuestre su firme convicción en los derechos humanos y evite la repetición de actos de violencia institucional.
El pliego de preguntas que el ministro Matkovich deberá responder en la interpelación es extenso y detallado. Se busca conocer:
- El acto administrativo que autoriza y reglamenta el operativo.
- Los objetivos específicos y el marco legal o de seguridad que lo justifica.
- La participación de organismos provinciales y federales, y la cadena de mando.
- Si se realizó la Consulta Previa, Libre e Informada (CPLI) con las comunidades afectadas, un derecho reconocido por la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT.
- Si el área de operaciones se superpone con territorios ya relevados o en proceso de relevamiento, en el marco de la Ley Nacional N° 26.160.
- Los protocolos de actuación de las fuerzas de seguridad para interactuar con miembros de las comunidades indígenas, respetando sus pautas culturales.
- Las medidas para salvaguardar sitios sagrados y áreas de importancia cultural.
El Proyecto de Resolución subraya la importancia de la transparencia y el diálogo con las comunidades, al tiempo que señala que la Comisión de Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados tampoco fue informada sobre la planificación y ejecución del operativo