La medida evita que se traslade de golpe todo el atraso acumulado y limita el impacto que tendría sobre los valores de las naftas y el gasoil durante este mes.
En el inicio de este mes de julio, el Gobierno nacional volvió a intervenir sobre la carga tributaria que pesa sobre los combustibles para evitar un impacto mayor en los precios al público.
Mediante el Decreto 562/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei dispuso una nueva postergación parcial de los aumentos pendientes en los impuestos, que gravan la venta de naftas y gasoil.
La decisión modifica el esquema establecido por el Decreto 617/2025 y sus sucesivas prórrogas, que desde hace más de un año vienen escalonando la aplicación de las actualizaciones correspondientes al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Impuesto al Dióxido de Carbono.
En los fundamentos de la norma, el Poder Ejecutivo argumentó que la medida busca sostener un sendero fiscal compatible con el crecimiento económico y evitar que una actualización completa de los tributos genere un impacto significativo sobre los precios de los combustibles y, por efecto cascada, sobre el resto de la economía.
La legislación vigente establece que estos impuestos deben actualizarse trimestralmente, de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumidor que publica el Indec. Sin embargo, desde hace varios años los distintos gobiernos fueron postergando la aplicación plena de esos ajustes, para moderar su efecto sobre la inflación.
Como consecuencia de esas sucesivas postergaciones, se acumuló un importante atraso en los valores de referencia de los tributos. Durante los últimos meses, se aplicaron parte de esas actualizaciones de manera gradual, aunque manteniendo diferimientos sobre una porción de los incrementos pendientes.
La nueva norma establece que durante julio de 2026 sólo se trasladará una parte de las actualizaciones acumuladas correspondientes al año calendario 2024 y a los primeros trimestres de 2025.
En el caso de las naftas sin plomo y la nafta virgen, el incremento parcial será de $21,192 por litro en concepto de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y de $1,298 por litro por el Impuesto al Dióxido de Carbono.
Para el gasoil, en tanto, el ajuste será de $18,959 por litro en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, a lo que se suma un incremento diferencial de $10,266 por litro, para las regiones alcanzadas por el tratamiento especial previsto en la ley, además de $2,161 por litro correspondientes al Impuesto al Dióxido de Carbono.
El decreto también redefine el cronograma previsto para los remanentes aún pendientes. Según el texto oficial, la totalidad de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025, junto con las del primer trimestre de 2026 que todavía no fueron aplicadas, comenzarán a regir para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de agosto de 2026.
