El Gobierno declaró la Emergencia Ígnea y zona de desastre en cuatro provincias por los incendios forestales

La medida, dispuesta por decreto de necesidad y urgencia, habilita acciones inmediatas para reforzar el combate del fuego, asistir a las poblaciones afectadas y avanzar en la recuperación ambiental, bajo la coordinación de la Agencia Federal de Emergencias y en articulación con las provincias y municipios alcanzados.

El Poder Ejecutivo Nacional declaró este viernes la Emergencia Ígnea y la zona de desastre en las provincias de Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa, a raíz de los incendios forestales que afectan amplias zonas del país y, en particular, al Parque Nacional Los Alerces. La medida fue dispuesta mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 73/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. 

Según los considerandos, los incendios «generan consecuencias nocivas tanto para el patrimonio natural protegido como para las poblaciones cercanas» y se desarrollan en un contexto de condiciones meteorológicas adversas, marcadas por la sequía y los vientos intensos. El decreto advierte que este escenario «configura una situación de emergencia cuyo agravamiento genera daños ambientales significativos y pone en peligro la vida de las personas».

La norma establece que la emergencia tendrá una vigencia de un año y habilita la adopción de medidas urgentes destinadas a la presupresión y combate del fuego, la restauración de las zonas afectadas y la prevención de nuevos focos. En paralelo, se declara zona de desastre a los territorios alcanzados por los incendios en las cuatro provincias mencionadas.

El decreto remarca que la capacidad de respuesta de los medios actualmente desplegados fue superada, lo que vuelve «necesario e imperioso declarar la Emergencia Ígnea» en los términos de la Ley 27.287 de Gestión Integral del Riesgo. En ese marco, el Gobierno sostiene que el trámite legislativo ordinario «haría imposible actuar en tiempo oportuno», justificando así el uso del instrumento del DNU previsto en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional.

La Agencia Federal de Emergencias (AFE), organismo dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, fue designada como responsable de coordinar el despliegue de recursos y acciones en las zonas afectadas. Entre sus funciones se incluyen las tareas de prevención y combate de incendios forestales y rurales, la asistencia a personas y familias damnificadas, y el apoyo a provincias y municipios para la recuperación social y productiva.

El texto oficial también subraya que todas las acciones deberán implementarse en coordinación con los gobiernos provinciales y municipales, respetando los protocolos del Plan Nacional de Manejo del Fuego. Además, se dará intervención a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá expedirse sobre la validez del decreto conforme a lo establecido por la Ley 26.122.

La decisión del Ejecutivo se apoya, además, en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que consagra el derecho a un ambiente sano y el deber del Estado de preservar el patrimonio natural y la diversidad biológica, en un contexto que el propio decreto define como de gravedad excepcional.

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