El pasado 18 de septiembre comenzó a regir el nuevo plan oficial Compre sin IVA y más de 20 millones de personas quedaron en condiciones de recuperar un 21% de sus gastos con tarjeta o QR en los comercios que venden productos de primera necesidad.
Para acceder al beneficio, es importante, que los beneficiarios se informen muy bien sobre las condiciones. Es fácil caer en confusiones y errores que llevan a perder los reintegros esperados.
SEIS EQUIVOCACIONES COMUNES SOBRE LA DEVOLUCIÓN DEL IVA
Error N°1: confundir las tarjetas alcanzadas
El reintegro se consigue al pagar, ya sea en locales o por Internet, con una tarjeta de débito que utiliza fondos de una cuenta bancaria.
También obtienen la devolución quienes abonan con las tarjetas de los planes Alimentar y Potenciar Trabajo.
Por el contrario, lo que no sirve es pagar con tarjetas de crédito, aunque sea en un solo pago. Y tampoco con tarjetas prepagas vinculadas a billeteras virtuales con CVU, como Mercado Pago o Ualá.
Error N°2: confundir los pagos QR aceptados
Está permitido acceder al reintegro pagando con QR desde billeteras virtuales como Mercado Pago, MODO o la app del propio banco. Pero cuidado: cuando el sistema pida indicar el origen del dinero a abonar, habrá que elegir una tarjeta de débito (previamente adherida).
En una billetera virtual no bancaria, como Mercado Pago, escanear un QR y pagar con el dinero en cuenta no sirve para conseguir la devolución, al menos por el momento.
Y en el caso de las apps de los bancos, conviene antes asegurarse de que la entidad tenga habilitada esa opción (como ya ocurre, por ejemplo, con Cuenta DNI del Banco Provincia).Escanear un QR y pagar con la tarjeta de débito permite tener el reintegro. Foto: MODO.Escanear un QR y pagar con la tarjeta de débito permite tener el reintegro.
Error N°3: pagar con una transferencia común
En el último tiempo muchos comerciantes, en vez de hacer cobros con un lector de tarjetas o con un código QR, se habituaron a dar los datos de su cuenta -CBU o CBU y el alias- para que el cliente haga una transferencia común desde el celular.
Lo importante es saber que esta manera de enviar el dinero no permite acceder a las devoluciones del nuevo plan.
Error N°4: no tener la CBU declarada
Para aprovechar Compre sin IVA es necesario que la AFIP tenga al menos una cuenta bancaria asociada al beneficiario. Para trabajadores en blanco, jubilados, pensionados y beneficiarios de planes esto no suele traer problemas porque en general ya figuran en el sistema con su cuenta de cobro habitual.
Pero en otros casos, como el de algunos monotributistas o el personal doméstico, es posible que la AFIP aún desconozca qué cuenta usan. Y que deban declarar la CBU (Clave Bancaria Uniforme) para empezar a recuperar el 21% al comprar.
En la web de la AFIP, ingresando con Clave Fiscal y yendo al servicio “Declaración de CBU”, cada persona puede consultar cuáles son sus cuentas registradas. Y si no hay, agregar una.
Error N°5: elegir un comercio no incluido
La devolución del 21% se aplica sobre el monto total abonado, siempre y cuando la compra se realice en un comercio que esté inscripto ante la AFIP con alguna de las siguientes actividades:
-Venta al por menor en hipermercados, supermercados y minimercados.
-Venta al por menor de…
Productos lácteos.
Fiambres y embutidos.
Productos de almacén y dietética.
Carnes rojas, menudencias y chacinados frescos.
Huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza.
Pescados y productos de la pesca.
Frutas, legumbres y hortalizas frescas.
Pan y productos de panadería.
Alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados.
Productos farmacéuticos y de herboristería.
Productos cosméticos, de tocador y de perfumería.
Las carnicerías, incluidas en el plan Compre sin
-Venta al por mayor en supermercados mayoristas y de lácteos, carnes, frutas, verduras, panificados, azúcar, aceites, infusiones y otros.
La lista completa de los rubros y sus códigos está disponible online (aquí). Y ante la duda, es posible chequear cómo está anotado cada comercio, ingresando su número de CUIT en el sitio oficial de “Consulta de Actividades Económicas” (desde aquí).
Error N°6: exceder el tope mensual
La Resolución General 5418/23 de AFIP estableció que “el monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $18.800 por beneficiario”, la cual se alcanza plenamente luego de realizar compras que sumen $89.523.
Por lo cual, si no se lleva un registro de los reintegros que se van cobrando, el riesgo es sobrepasar el tope sin advertirlo y seguir realizando consumos que no tendrán la devolución esperada.
Como el límite es por persona, y no por familia, lo más conveniente será que dos o más miembros del hogar se dividan los pagos del mes para poder recuperar hasta $18.800 cada uno.